IMPACTO DE LA LEY 30036 “LEY DE TELETRABAJO”
Posted lunes, 28 de abril de 2014 // 9:20
IMPACTO DE LA LEY 30036 “LEY DE TELETRABAJO”
Para empezar con lo referido, “EL TELETRABAJO”, debo
empezar con la definición de teletrabajo, la cual puede definirse como una
forma flexible de organización del trabajo consistente en el desempeño de la
actividad profesional sin la presencia física del trabajador en la empresa
durante una parte importante de su horario laboral. Engloba una amplia gama de
actividades y puede realizarse a tiempo completo o parcial. Según Padilla[1]
nos dice que se refiere al teletrabajo como una respuesta a problemas de
ineficiencia o mayor competitividad de la empresa. Por otro lado, Máxime[2]
nos dice que cuando el teletrabajo viene rodeado de un aurea de profesionalidad que psicológicamente hace
ver al propio teletrabajador como autónomo o externo al verdadero dador del
trabajo, desarrollando una vía de descentralización o deslocación del trabajo
desde la sede de la empresa
Esta actividad profesional en el teletrabajo,
implica el uso frecuente de métodos de procesamiento electrónico de
información, y el uso permanente de algún medio de telecomunicación para el
contacto entre el teletrabajador y la empresa.
En el Perú se reguló la Ley N° 30036 publicada el
05 de junio del 2013, "Ley que regula el Teletrabajo", la cual
tiene por objeto regular el teletrabajo, como una modalidad especial de
prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la
información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y
privadas, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo.
La ley define lo que significa “TELETRABAJO” caracterizándose por el desempeño subordinado de labores
sin la presencia física del trabajador, denominado “teletrabajador”, en la
empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos,
de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el
control y la supervisión de las labores.
Son elementos que coadyuvan a tipificar
el carácter subordinado de esta modalidad de trabajo la provisión por el
empleador de los medios físicos y métodos informáticos, la dependencia
tecnológica y la propiedad de los resultados, entre otros
Esta regulación
nos refiere las reglas de uso y cuidado de los equipos que serán utilizados por
el trabajador, proporcionados por el empleador, el teletrabajador es responsable de su
correcto uso y conservación, para lo cual evita que los bienes sean utilizados
por terceros ajenos a la relación laboral.
Cuando el teletrabajador aporte sus
propios equipos o elementos de trabajo, el empleador debe compensar la
totalidad de los gastos, incluidos los gastos de comunicación, sin perjuicio de
los mayores beneficios que pudieran pactarse por acuerdo individual o convenio
colectivo. Si el teletrabajador realiza sus labores en una cabina de Internet o
en un equipo proporcionado por terceras personas, el empleador asume los gastos
que esto conlleva.
El reglamento establece la forma como
se efectuará esta compensación de condiciones de trabajo.
Un punto
importante que toca esta ley es acerca de los Derechos y Obligaciones Laborales.
La cual nos refiere que teletrabajador tiene los mismos derechos y obligaciones establecidos
para los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada. Pueden
utilizarse todas las modalidades de contratación establecidas para dicho
régimen. En todos los casos, el contrato de trabajo debe constar por escrito.
En cuanto a las empresas y el Teletrabajo, existen
empresas que necesitan del teletrabajo como por ejemplo, las que necesiten[3]:
·
Ampliar sus operaciones sin realizar costosas
inversiones edilicias y estructurales pero sí sumar personal a sus equipos.
·
Reducir costos fijos sin apelar a la variable
de ajuste del personal (reducción salarial, o despido).
·
Optimizar sus operaciones.
·
Optimizar el uso del espacio.
·
Conservar personal altamente especializado.
·
Conseguir personal escaso.
·
Descentralizar las operaciones de la empresa.
Al respecto, existen muchas
opiniones a favor y en contra que detallan los beneficios o perjuicios que la
aplicación de esta modalidad puede conllevar al interior de la Administración
Pública, por ejemplo para el caso de beneficios se señala el ahorro de recursos,
el beneficio a los discapacitados, reducción de costos laborales, entre otros y
como desventajas se remarca la necesidad
de una alta inversión en tecnología, perdida de la relación personal y cultural
con el centro de trabajo, inseguridad en la confidencialidad de la información,
entre muchos otros aspectos.
[1] REVISTA
FACES. FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES. [En línea]. Disponible en <http://nulan.mdp.edu.ar/1601/1/FACES_n36-37_117-143.pdf>
[Consulta el 28 de abril de 2014]. Pág. 119
[2] ídem
[3]
CENTRO DE TLETRABAJO Y TELEFORMACION. FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA
CARRERA DE RELACIONES DE TRABAJO. [En línea]. Disponible en <http://caminandoutopias.org.ar/institucional/que_es_el_teletrabajo.php>
[Consulta el 28 de abril de 2014]
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